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4. Acciones a nivel global para reducir la cantidad de mercurio en circulación
dustria del hierro y el acero, los proce-
sos de combustión o la incineración de
residuos se identifican como fuentes de
emisión en las que aplicar Mejores Téc-
nicas disponibles tales como filtros es-
peciales, lavadores de aire para
procesos de combustión, o cambiar a
procesos alternativos que no usen mer-
curio. Se establecen valores límite de
emisión y obliga a las Partes a desarro-
llar un inventario de emisiones.
El Protocolo también introduce medi-
das para rebajar las emisiones de me-
tales procedentes de productos como
baterías, así como medidas de ges-
tión para otros productos que conten-
gan mercurio como componentes
eléctricos (termostatos, enchufes),
equipos de medición (termómetros,
barómetros), lámparas fluorescentes,
amalgamas dentales, pesticidas o pin-
turas.
España ratificó este Protocolo de Meta-
les Pesados en septiembre de 2011,
asumiendo todas las obligaciones de-
rivadas de él.
4.4.C
ONVENIO DE
B
ASILEA SOBRE EL
C
ONTROL DE LOS
M
OVIMIENTOS
T
RANSFRONTERIZOS DE
D
ESECHOS
P
ELIGROSOS Y SU
E
LIMINACIÓN
El Convenio de Basilea se adoptó en
1989 (entró en vigor en 1992) con el
objetivo global de proteger la salud
humana y el medio ambiente frente a
los efectos adversos de los residuos
peligrosos. Su ámbito de aplicación
cubre una amplia variedad de resi-
duos definidos como “residuos peli-
grosos” basándose en su origen y/o
composición y sus características.
También se consideran los desechos
domésticos y cenizas de incinera-
dores.
Clasificados por su origen se contemplan
una serie de residuos de mercurio o de
sus compuestos que deberán someterse
a una gestión adecuada para evitar sus
efectos perjudiciales una vez se retiren
definitivamente de la circulación.
En el Marco del Convenio de Basilea, se
han desarrollado Guías Técnicas que es-
tablecen recomendaciones no vinculan-
tes para la gestión ambientalmente ra-
cional de residuos demercurio elemental
y residuos que contengan mercurio o es-
tén contaminados con mercurio en
donde, por ejemplo, se abordan los po-
sibles tratamientos a los que se debe so-
meter al mercurio elemental antes de
proceder a su eliminación definitiva.
España ratificó el Convenio de Basilea
en 1994.
4.5. C
ONVENIO DE
R
OTTERDAM
SOBRE EL
P
ROCEDIMIENTO
DE
C
ONSENTIMIENTO
F
UNDAMENTADO
P
REVIO
A
PLICABLE A
C
IERTOS
P
LAGUICIDAS Y
P
RODUCTOS
Q
UÍMICOS
P
ELIGROSOS
O
BJETO
DE
C
OMERCIO
I
NTERNACIONAL
El Convenio de Rotterdam se adoptó en
1998 (entró en vigor en 2004) con el fin
de promover la responsabilidad com-
partida y la cooperación entre las Partes
en el ámbito del comercio internacional
de determinadas sustancias químicas
peligrosas con el objeto de proteger la
salud humana y el medio ambiente.
Además, pretende contribuir al uso am-
bientalmente racional de dichas sustan-
cias químicas peligrosas, con un inter-
cambio de datos de sus características
de cara a un procedimiento nacional de
toma de decisiones sobre su posible
exportación, divulgando estas decisio-
nes entre las Partes. De este modo, en